Supervisión técnica
Según lo definido por la Resolución 0017 del 4 de diciembre de 2017, se entiende por Supervisión Técnica Independiente la verificación de la sujeción de la construcción de la cimentación, la estructura de la edificación y los elementos no estructurales, a los planos, diseños y especificaciones elaboradas por el Diseñador Estructural, el Ingeniero Geotecnista y demás diseñadores que participaron en el proyecto, todo lo anterior, de acuerdo con el grado de desempeño sísmico requerido.
El Supervisor Técnico independiente según su criterio y bajo su responsabilidad, puede delegar algunas de sus labores en personal auxiliar, profesional y no profesional, según el tamaño, importancia y dificultad de la obra. Así mismo, cuando una persona jurídica realiza simultáneamente las labores de Interventoría y Supervisión Técnica Independiente, deberá asignar distintos profesionales en cada labor con el fin de no incurrir en una, o más, de las causales de incompatibilidad descritas en el artículo 14 de la Ley 1796 de 2016.
Actividades principales de la supervisión técnica
Entre las actividades más importantes comprendidas dentro del alcance de la Supervisión Técnica Independiente se encuentran las siguientes:
- Aprobación y verificación de cumplimiento durante su ejecución, de un programa de control de calidad de la cimentación, construcción de la estructura y elementos no estructurales de la edificación, incluyendo el laboratorio, o laboratorios, que realicen los ensayos de control de calidad de los materiales de la estructura.
- Aprobación de los procedimientos constructivos de la estructura, propuestos por el constructor responsable.
- Constatar que los planos y especificaciones técnicas contengan todas las indicaciones necesarias para poder realizar la construcción de la cimentación, la estructura y elementos no estructurales. Dentro del alcance del control de planos a realizar por parte del Supervisor Técnico Independiente, no se encuentra incluida la revisión de los estudios, planos y diseños. Si a juicio del Supervisor Técnico Independiente existe un error u omisión en los estudios geotécnicos, diseños estructurales y/o de elementos no estructurales, este se limitará a dar aviso oportuno al Diseñador para que realice la corrección, complementación o aclaración requerida.
- Verificación de que la construcción de la estructura y elementos no estructurales se lleven a cabo cumpliendo como mínimo, con las especificaciones técnicas contenidas dentro de la Norma Sismo-resistente (NSR-10).
- Velar en todo momento por la obtención de la mejor calidad de la obra de la estructura y los elementos no estructurales de la edificación y verificar porque se tomen los correctivos necesarios, en caso de requerirse. En caso de no ser posible la reparación parcial o total, se deberá recomendar la demolición de las partes afectadas.
- El supervisor técnico independiente deberá inspeccionar y vigilar todo lo relacionado con la ejecución de la obra de la cimentación, estructura y elementos no estructurales de la edificación, a fin de constatar que el proyecto se ha ejecutado de acuerdo con los estudios geotécnicos, planos estructurales y de elementos no estructurales, y sus especificaciones.
- Exigir la suspensión de labores de construcción del proyecto cuando el constructor no cumpla o se niegue a cumplir con los planos, especificaciones y controles exigidos.
Certificado Técnico de Ocupación
Una vez terminado el proyecto a satisfacción, el Supervisor Técnico Independiente expedirá el Certificado Técnico de Ocupación, documento mediante el cual se certifica bajo la gravedad de juramento que la cimentación, la construcción de la estructura y los elementos no estructurales contaron con una Supervisión Técnica Independiente y se ejecutaron de conformidad con los planos, diseños y especificaciones técnicas exigidas por el Reglamento NSR-10 y aprobados en la respectiva licencia. En este certificado se anexarán las actas de supervisión y sus anexos, las cuales no requieren de protocolización.
La labor del Supervisor Técnico Independiente se constituye en prenda de garantía para los promotores o propietarios del proyecto y para los futuros usuarios o dueños de la edificación construida, que podrán tener la tranquilidad de invertir su patrimonio o parte de él, en un inmueble que se ha diseñado y construido de manera correcta, cumpliendo con todos los estándares de calidad y seguridad exigidos por la ley y las normas técnicas aplicables.
Si deseas conocer más sobre Supervisión Técnica Independiente, Ley 1796 de 2016, control de calidad en la construcción de edificaciones, ingresa a la página web https://pvlinversiones.com/ o puede comunicarse con el Arquitecto Especialista Elio Lopez https://www.linkedin.com/in/elio-lopez-28ab5957/?originalSubdomain=co